Legislación › Orden DEF/3537/2003, de 10 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica básica de los Ejércitos.
Disposición adicional única. Adaptación de estructuras.
Disposición adicional única. Adaptación de estructuras.
1. La Fuerza Logística Operativa proporcionará el apoyo en permanencia preciso para mantener las capacidades operativas de todas las Unidades, Centros y Organismos del Ejército de Tierra.
2. Se encuadrarán en la Fuerza de Acción Marítima los Centros y Organismos vinculados a la acción del Estado en la mar, que sin tener el carácter de Fuerza, contribuyen de forma integrada y permanente al desarrollo de sus capacidades.
3. El Mando Aéreo General proporcionará el apoyo en permanencia preciso para mantener las capacidades operativas de todas las Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire.


