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Legislación › Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio de procedimientos.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio de procedimientos.

Los expedientes en materia de asociaciones iniciados antes de la vigencia de este real decreto se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones vigentes hasta dicho momento.

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