Legislación › Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Artículo 69. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2025 y la del 1 de octubre de 2026.
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Artículo 69. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios.
Tan pronto perciban las señales especiales que anuncien la proximidad de un vehículo prioritario, los demás conductores adoptarán las medidas adecuadas, según las circunstancias del momento y lugar, para facilitarles el paso, apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si fuera preciso. preciso, o actuando conforme a lo dispuesto en el artículo 32.
Téngase en cuenta que esta actualización del primer párrafo, establecida por el art. único.11 del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, BOE-A-2026-13889, entra en vigor el 1 de octubre de 2026, según determina su disposición final 3.
Redacción anterior:
"Tan pronto perciban las señales especiales que anuncien la proximidad de un vehículo prioritario, los demás conductores adoptarán las medidas adecuadas, según las circunstancias del momento y lugar, para facilitarles el paso, apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si fuera preciso."
Cuando un vehículo de policía que manifiesta su presencia según lo dispuesto en el artículo 68.2 se sitúa detrás de cualquier otro vehículo y activa además un dispositivo de emisión de luz roja hacia adelante de forma intermitente o destellante, el conductor de este deberá detenerlo con las debidas precauciones en el lado derecho, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y permanecerá en su interior. En todo momento el conductor ajustará su comportamiento a las instrucciones que imparta el agente a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser percibido claramente por aquel.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2026 En vigor | BOE-A-2026-13889 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2025 | BOE-A-2025-12199 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 2004 | Texto original | Leer |


