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Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 23 de diciembre de 2003 · Último cambio el 26 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento General de Circulación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del anexo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Vehículos de las Fuerzas Armadas.
- Disposición final cuarta. Estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma
- REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 2. Usuarios.
- Artículo 3. Conductores.
- Artículo 4. Actividades que afectan a la seguridad de la circulación.
- Artículo 5. Señalización de obstáculos y peligros. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 6. Prevención de incendios.
- Artículo 7. Emisión de perturbaciones y contaminantes.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Carga de vehículos y transporte de personas y mercancías o cosas.
- Sección 1
- Artículo 9. Del transporte de personas. 2 redacciones · cambió el 05/09/2006
- Artículo 10. Emplazamiento y acondicionamiento de las personas.
- Artículo 11. Transporte colectivo de personas.
- Artículo 12. Normas relativas a ciclomotores y motocicletas. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Sección 2
- Artículo 13. Dimensiones del vehículo y su carga.
- Artículo 14. Disposición de la carga.
- Artículo 15. Dimensiones de la carga. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 16. Operaciones de carga y descarga.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Control del vehículo o de animales.
- Artículo 18. Otras obligaciones del conductor. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 19. Visibilidad en el vehículo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Tasas de alcohol en sangre y aire espirado.
- Artículo 21. Investigación de la alcoholemia. Personas obligadas.
- Artículo 22. Pruebas de detección alcohólica mediante el aire espirado.
- Artículo 23. Práctica de las pruebas.
- Artículo 24. Diligencias del agente de la autoridad.
- Artículo 25. Inmovilización del vehículo.
- Artículo 26. Obligaciones del personal sanitario.
- CAPÍTULO V
- Artículo 27. Estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
- Artículo 28. Pruebas para la detección de sustancias estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 29. Norma general.
- Sección 2
- Artículo 30. Utilización de los carriles en calzadas con doble sentido de circulación.
- Artículo 31. Utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 32. Carriles de emergencia. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 33. Utilización de los carriles, en poblado, en calzadas con más de un carril reservado para el mismo sentido de marcha.
- Artículo 34. Cómputo de carriles.
- Artículo 35. Utilización de los carriles en función de la velocidad señalizada y de los reservados a determinados vehículos y a ciertas maniobras. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Sección 3
- Artículo 36. Utilización de los arcenes. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Sección 4
- Artículo 37. Ordenación especial del tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación o por motivos medio ambientales. 2 redacciones · cambió el 05/06/2026
- Artículo 38. Circulación en autopistas, autovías y otras vías. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 39. Limitaciones a la circulación. 2 redacciones · cambió el 05/06/2026
- Artículo 40. Carriles reversibles.
- Artículo 41. Carriles de utilización en sentido contrario al habitual.
- Artículo 42. Carriles adicionales circunstanciales de circulación.
- Sección 5
- Artículo 43. Sentido de la circulación.
- Sección 6
- Artículo 44. Utilización de las calzadas.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 45. Adecuación de la velocidad a las circunstancias.
- Artículo 46. Moderación de la velocidad. Casos. 2 redacciones · cambió el 17/03/2021
- Artículo 47. Velocidades máximas y mínimas.
- Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado. 4 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 49. Velocidades mínimas en poblado y fuera de poblado. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 50. Límites de velocidad en vías urbanas y travesías. 2 redacciones · cambió el 11/11/2020
- Artículo 51. Velocidades máximas en adelantamientos. 2 redacciones · cambió el 21/12/2021
- Artículo 52. Velocidades prevalentes. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 2
- Artículo 53. Reducción de velocidad.
- Artículo 54. Distancias entre vehículos.
- Sección 3
- Artículo 55. Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 56. Intersecciones señalizadas. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 57. Intersecciones sin señalizar.
- Artículo 58. Normas generales.
- Artículo 59. Intersecciones.
- Sección 2
- Artículo 60. Tramos en obras y estrechamientos.
- Artículo 61. Paso de puentes u obras de paso señalizado.
- Artículo 62. Orden de preferencia en ausencia de señalización.
- Artículo 63. Tramos de gran pendiente.
- Sección 3
- Artículo 64. Normas generales y prioridad de paso de ciclistas. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 65. Supuestos de prioridad de paso de los peatones sobre los conductores. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 66. Prioridad de paso de los conductores sobre los animales. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 4
- Artículo 67. Vehículos prioritarios.
- Artículo 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 69. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 70. Vehículos no prioritarios en servicio de urgencia.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 71. Normas de circulación y señalización. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- CAPÍTULO V
- Artículo 72. Obligaciones de los conductores que se incorporen a la circulación.
- Artículo 73. Obligación de los demás conductores de facilitar la maniobra.
- CAPÍTULO VI
- Sección 1
- Artículo 74. Normas generales.
- Artículo 75. Ejecución de la maniobra de cambio de dirección.
- Artículo 76. Supuestos especiales.
- Artículo 77. Carril de deceleración.
- Sección 2
- Artículo 78. Ejecución de la maniobra.
- Artículo 79. Prohibiciones.
- Sección 3
- Artículo 80. Normas generales.
- Artículo 81. Ejecución de la maniobra.
- CAPÍTULO VII
- Sección 1
- Artículo 82. Adelantamiento por la izquierda.
- Artículo 83. Adelantamiento en calzadas de varios carriles.
- Sección 2
- Artículo 84. Obligaciones del que adelanta antes de iniciar la maniobra.
- Sección 3
- Artículo 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Sección 4
- Artículo 86. Obligaciones de su conductor.
- Sección 5
- Artículo 87. Prohibiciones. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Sección 6
- Artículo 88. Vehículos inmovilizados. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 89. Obstáculos.
- CAPÍTULO VIII
- Sección 1
- Artículo 90. Lugares en que deben efectuarse.
- Artículo 91. Modo y forma de ejecución.
- Artículo 92. Colocación del vehículo. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 93. Ordenanzas municipales. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Sección 2
- Artículo 94. Lugares prohibidos.
- CAPÍTULO IX
- Sección 1
- Artículo 95. Obligaciones de los usuarios y titulares de las vías. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 96. Barreras, semibarreras y semáforos.
- Sección 2
- Artículo 97. Detención de un vehículo en paso a nivel, puente móvil o túnel. 2 redacciones · cambió el 17/03/2021
- CAPÍTULO X
- Sección 1
- Artículo 98. Normas generales. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 99. Alumbrados de posición y de gálibo.
- Artículo 100. Alumbrado de largo alcance o carretera.
- Artículo 101. Alumbrado de corto alcance o de cruce.
- Artículo 102. Deslumbramiento.
- Artículo 103. Alumbrado de placa de matricula.
- Artículo 104. Uso del alumbrado durante el día.
- Artículo 105. Inmovilizaciones.
- Sección 2
- Artículo 106. Condiciones que disminuyen la visibilidad. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 107. Inutilización o avería del alumbrado.
- CAPÍTULO XI
- Sección 1
- Artículo 108. Obligación de advertir las maniobras.
- Artículo 109. Advertencias ópticas.
- Artículo 110. Advertencias acústicas.
- Sección 2
- Artículo 111. Normas generales.
- Artículo 112. Advertencias de los vehículos de servicios de urgencia.
- Artículo 113. Advertencias de otros vehículos. 3 redacciones · cambió el 17/06/2025
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 114. Puertas.
- Artículo 115. Apagado de motor.
- CAPÍTULO II
- Artículo 116. Obligatoriedad de su uso y excepciones. 2 redacciones · cambió el 05/09/2006
- Artículo 117. Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados. 3 redacciones · cambió el 18/07/2015
- Artículo 118. Cascos y otros elementos de protección. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 119. Exenciones. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- CAPÍTULO III
- Artículo 120. Normas generales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 121. Normas generales. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 122. Circulación por la calzada o el arcén. 3 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 123. Visibilidad del peatón. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 124. Pasos para peatones y cruce de calzadas. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- Artículo 125. Normas relativas a circulación de peatones por autopistas y autovías. 2 redacciones · cambió el 26/06/2026
- CAPÍTULO V
- Artículo 126. Normas generales.
- Artículo 127. Normas especiales.
- Artículo 128. Normas relativas a autopistas y autovías.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 129. Obligación de auxilio.
- Artículo 130. Inmovilización del vehículo y caída de la carga. 2 redacciones · cambió el 17/03/2021
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 131. Concepto. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 132. Obediencia de las señales. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- CAPÍTULO II
- Artículo 133. Orden de preferencia. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- CAPÍTULO III
- Artículo 134. Catálogo oficial de señales de la circulación y marcas viales. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 135. Aplicación. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 136. Visibilidad. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 137. Inscripciones. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 138. Idioma de las señales. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 2
- Artículo 139. Responsabilidad. 3 redacciones · cambió el 05/06/2026
- CAPÍTULO V
- Artículo 140. Obligaciones relativas a la señalización. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- CAPÍTULO VI
- Sección 1
- Artículo 141. Señales con el brazo y otras. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 2
- CAPÍTULO V
- Artículo 142. Señalización circunstancial, elementos de balizamiento y sistemas de contención de vehículos. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 3
- CAPÍTULO VI
- Sección 1
- Artículo 143. Tipos de semáforos. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 4
- Sección 2
- Artículo 144. Señales de advertencia de peligro. Objeto y tipos. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 3
- Artículo 145. Señales de reglamentación. Objeto, clases y normas comunes. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 146. Señales de indicación. Objeto y tipos. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 5
- Artículo 147. Marcas viales. Objeto y clases. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 6
- Artículo 148. Señalización de tramos con obras o tareas de conservación. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Sección 4
- Subsección 1
- Artículo 149. Uso de señales en obra y otras actuaciones. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- TÍTULO V
- Subsección 2
- Artículo 150. Objeto, significado y clases. 2 redacciones · cambió el 17/06/2025
- Artículo 151. Señales de prioridad.
- Artículo 152. Señales de prohibición de entrada.
- Artículo 153. Señales de restricción de paso.
- Artículo 154. Otras señales de prohibición o restricción.
- Artículo 155. Señales de obligación.
- Artículo 156. Señales de fin de prohibición o restricción.
- Artículo 157. Formato de las señales de reglamentación.
- Subsección 3
- Artículo 158. Objeto y tipos.
- Artículo 159. Señales de indicaciones generales.
- Artículo 160. Señales de carriles.
- Artículo 161. Señales de servicio.
- Artículo 162. Señales de orientación.
- Artículo 163. Paneles complementarios.
- Artículo 164. Otras señales.
- Artículo 165. Formato de las señales de indicación.
- Sección 5
- Artículo 166. Objeto y clases.
- Artículo 167. Marcas blancas longitudinales.
- Artículo 168. Marcas blancas transversales.
- Artículo 169. Señales horizontales de circulación.
- Artículo 170. Otras marcas e inscripciones de color blanco.
- Artículo 171. Marcas de otros colores.
- Artículo 172. Formato de las marcas viales.
- TÍTULO V
- Artículo 173. Objeto, significado y clases.
- TÍTULO VI
- Artículo 151. Marco general.
- Artículo 152. Normas básicas relativas a movilidad y estancia de peatones en la vía pública.
- Artículo 153. Normas básicas de circulación de bicicletas.
- Artículo 154. Otras normas relativas a la circulación en bicicleta y demás ciclos.
- Artículo 155. Normas básicas relativas a vehículos de movilidad personal, patines y monopatines.
- Artículo 156. Régimen de parada y estacionamiento.
- Artículo 157. Restricciones por motivos medioambientales.
- Artículo 158. Caminos escolares seguros y otras medidas de protección a usuarios vulnerables.
- Disposición adicional primera. Comunidades autónomas.
- Disposición adicional segunda. Uso obligatorio de cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados. 2 redacciones · cambió el 05/09/2006
- Disposición adicional tercera. Sistemas de retención infantiles.
- Disposición adicional cuarta. Utilización de cinturones de seguridad y de dispositivos de retención en los vehículos destinados al transporte escolar y de menores.
- Disposición final primera. Obligación de utilizar los chalecos reflectantes de alta visibilidad.
- Disposición final segunda. Obligaciones sobre sistemas de retención infantiles.
- Disposición final tercera. Referencias al texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- ANEXO I
- 1
- 2
- 3
- 4
- 5
- 6
- ANEXO II
- Sección 1
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Tramitación de las solicitudes de autorización.
- Artículo 3. Normativa aplicable.
- Artículo 4. Uso de las vías.
- Artículo 5. Control de las pruebas deportivas.
- Artículo 6. Obligaciones de los participantes.
- Artículo 7. Vehículos de apoyo.
- Artículo 8. Señalización de itinerarios.
- Artículo 9. Condiciones de la circulación.
- Artículo 10. Servicios sanitarios.
- Artículo 11. Condición de los participantes.
- Artículo 12. Requisitos de los responsables de la prueba.
- Artículo 13. Personal auxiliar.
- Artículo 14. Obligaciones de los participantes.
- Artículo 14 bis. Comunicación.
- Sección 2
- Artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 16. Marchas ciclistas organizadas.
- Artículo 17. Requisitos de las marchas ciclistas organizadas.
- Artículo 18. Comunicación a las autoridades competentes. 2 redacciones · cambió el 05/06/2026
- Artículo 19. Control de las marchas ciclistas.
- Artículo 20. Obligaciones de los participantes.
- Artículo 21. Vehículos piloto de apoyo.
- Artículo 22. Señalización de itinerarios.
- Artículo 23. Condiciones de la circulación.
- Artículo 24. Servicios sanitarios.
- Artículo 25. Comportamiento de los participantes.
- Artículo 26. Requisitos de los responsables de la marcha.
- Artículo 27. Personal auxiliar.
- Artículo 28. Obligaciones de los participantes.
- Artículo 29. Prohibiciones.
- Artículo 30. Desarrollo de las marchas.
- Artículo 31. Formación y habilitación del personal auxiliar.
- Sección 3
- Artículo 32. Participación de vehículos históricos. Comunicación previa. 2 redacciones · cambió el 05/06/2026
- Artículo 33. Eventos que precisan autorización. 2 redacciones · cambió el 05/06/2026
- Sección 4
- Artículo 34. Normativa aplicable. Reglas generales.
- Artículo 35. Eventos que precisan autorización.
- ANEXO III
- Sección 1
- Sección 2
- ANEXO IV


