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Legislación › Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Disposición adicional vigésima cuarta. Incompatibilidades.

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Disposición adicional vigésima cuarta. Incompatibilidades.
La incompatibilidad para el ejercicio simultáneo de funciones de cargo público a que se refiere el apartado 2 del artículo 181 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas, no resultará de aplicación a los Presidentes de las sociedades a que se refiere el artículo 166.2 de la citada ley cuando el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de tutela declare la compatibilidad para el ejercicio de las funciones de presidente de una sociedad y de las funciones atribuidas a un alto cargo de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público dependientes de aquella, en el caso que la naturaleza de los fines de la sociedad guarde conexión con las competencias legalmente atribuidas a dicho alto cargo. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2006 En vigor BOE-A-2006-6473 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 Texto original Leer

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