Legislación › Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria.
Artículo 43. Deber del buen uso de derechos, recursos y prestaciones.
Artículo 43. Deber del buen uso de derechos, recursos y prestaciones.
El ciudadano debe hacer buen uso de las prestaciones y derechos de acuerdo con sus necesidades de salud y en función de las disponibilidades del Sistema Sanitario.


