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Legislación › Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria.

Disposición transitoria cuarta. Sucesión de servicios y funciones.

Disposición transitoria cuarta. Sucesión de servicios y funciones.

La constitución efectiva del Banco de Sangre y Tejidos de Cantabria como órgano dependiente de la Fundación «Marqués de Valdecilla» se realizará sin interrumpir en ningún caso los cometidos y funciones que vienen desarrollándose. Corresponderá al Gobierno de Cantabria, a través de las Consejerías correspondientes, determinar la ordenada sucesión de los correspondientes servicios y funciones.

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