Legislación › Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid.
Artículo 18. Reglamento de régimen interior.
Artículo 18. Reglamento de régimen interior.
El Consejo Social elaborará su propio reglamento de régimen interior, que someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Será aplicable con carácter supletorio el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


