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Legislación › Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.

Artículo 22. Sede.

Artículo 22. Sede.

El Instituto Canario de la Vivienda tendrá su sede en el lugar que lo tenga la Consejería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de vivienda.

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