Legislación › Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.
Artículo 73. Objeto.
Artículo 73. Objeto.
El Plan de Vivienda es el instrumento de ordenación, programación y coordinación de la actividad de fomento de vivienda y suelo que realicen las administraciones públicas competentes, con el fin de atender las necesidades de vivienda existentes en Canarias y hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada.


