Legislación › Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.
Artículo 93. Medios de prueba.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de marzo de 2003 y la del 28 de junio de 2014.
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Artículo 93. Medidas Medios de carácter provisional y cautelares. prueba.
1. Iniciado el procedimiento, el órgano competente para resolverlo podrá adoptar mediante acuerdo motivado cuantas medidas provisionales sean necesarias Los hechos relevantes para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer. En caso de urgencia, estas medidas un procedimiento de declaración de vivienda deshabitada podrán ser adoptadas acreditarse por el instructor. cualquier medio de prueba admisible en derecho.
2. Podrán acordarse como medidas provisionales las siguientes:
a) Suspensión total La apertura del período de prueba, la admisión o parcial el rechazo de las obras pruebas propuestas por los interesados y la práctica de las mismas se regirán por lo que se realicen incumpliendo disponga en el desarrollo reglamentario de la normativa vigente sobre edificación, construcción, instalaciones, materiales presente ley y, en su defecto, por lo previsto en los artículos 80 y demás 81 de obligado cumplimiento. la Ley 30/1992, de
b) Retiradamateriales o productos. 26 de
c) Realizaciónobras para garantizar la seguridad e higiene en las viviendas. noviembre, de
d) Suspensiónlos suministros Régimen Jurídico de energía eléctrica, agua o gas. las administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
e) Prestación 2. En caso de fianzas en la forma que la prueba se determine reglamentariamente. articule a través de la
3. Las medidas provisionales deberán ajustarseintensidad, proporcionalidad y necesidades emisión de los objetivos que un informe de un órgano administrativo o entidad pública, y sea admitida a trámite, se pretendan garantizar en cada caso. entenderá que
4. En la resoluciónponga fin al procedimiento sancionador se adoptarán, en su caso, las medidas cautelares precisas tiene carácter preceptivo y determinante para garantizar su eficacia la resolución del procedimiento, con los efectos previstos en tanto no sea ejecutiva. el artículo 83.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de mayo de 2018 En vigor | BOE-A-2018-7139 | Leer | Qué cambió |
| 28 de julio de 2015 | BOE-A-2015-8431 | Leer | Qué cambió |
| 17 de abril de 2015 | BOE-A-2015-4157 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2014 | BOE-A-2014-7325 | Leer | Qué cambió |
| 10 de marzo de 2003 | Texto original | Leer |


