Legislación › Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña.
Artículo 29. Composición.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de marzo de 2003 y la del 14 de junio de 2003.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (54 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 29. Composición.
1. La comunidad universitaria de Cataluña está formada por los estudiantes, el personal docente e investigador, los investigadores de las universidades y el personal de administración y servicios.
2. El personal docente e investigador está constituido por el profesorado de los cuerpos docentes universitarios, por el profesorado contratado y por los ayudantes.
3. A efectos de lo que establece el artículo 48 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, el cómputo del personal docente e investigador se efectúa en equivalencias a tiempo completo.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación del apartado 3, desde el 20 de mayo de 2003 para las partes y desde el 14 de junio de 2003 para los terceros, por providencia del TC de 3 de junio de 2003, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 3280/2003. BOE-A-2003-11944.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-4356 | Leer | Qué cambió |
| 18 de noviembre de 2003 | BOE-A-2003-20980 | Leer | Qué cambió |
| 14 de junio de 2003 | BOE-A-2003-11944 | Leer | Qué cambió |
| 12 de marzo de 2003 | Texto original | Leer |


