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Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 11 de marzo de 2003 · Último cambio el 16 de mayo de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Sistema universitario de Cataluña.
- Artículo 3. Objetivos del Sistema Universitario de Cataluña.
- Artículo 4. Principios informadores. 2 redacciones · cambió el 16/05/2022
- Artículo 4 bis. Derecho a la enseñanza universitaria y a la igualdad de oportunidades.
- Artículo 5. Educación en valores.
- Artículo 6. Lengua.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 7. Misión del estudio.
- Artículo 8. Aprobación y definición.
- Artículo 9. Habilidades y competencias.
- Artículo 10. Titulaciones transversales.
- Artículo 11. Transportabilidad y movilidad.
- Artículo 12. Los estudios de doctorado.
- Artículo 13. Títulos propios.
- Artículo 14. Educación superior a lo largo de la vida.
- Sección 2
- Artículo 15. Información y transparencia.
- Artículo 16. Medidas de adaptabilidad.
- Artículo 17. Coordinación.
- Sección 3
- Artículo 18. Misión.
- Artículo 19. Formación docente y calidad.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 20. Misión.
- Artículo 21. Fomento de la investigación.
- Sección 2
- Artículo 22. Tipología.
- Artículo 23. Los institutos universitarios de investigación.
- Artículo 24. Los parques científico-tecnológicos.
- Artículo 25. Servicios científico-técnicos.
- Artículo 26. Transferencia de tecnología y de conocimientos.
- Artículo 27. Contratos para estudios.
- Artículo 28. Fomento de la capacidad emprendedora.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 29. Composición. 4 redacciones · cambió el 02/03/2007
- Artículo 30. Objetivos.
- Artículo 31. El síndico de agravios de la comunidad universitaria.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 32. Acceso.
- Artículo 33. Movilidad.
- Artículo 34. Cooperación al desarrollo.
- Artículo 35. Acogida.
- Sección 2
- Artículo 36. Regulación de los derechos y los deberes.
- Artículo 37. Derechos.
- Artículo 38. Deberes.
- Artículo 39. Inserción laboral.
- Artículo 40. Asociacionismo y actividad voluntaria.
- Artículo 41. Becas y créditos. 2 redacciones · cambió el 16/05/2022
- CAPÍTULO III
- Artículo 42. Tipología de personal académico.
- Sección 1
- Artículo 43. Composición.
- Artículo 44. El profesorado contratado.
- Artículo 45. Selección del profesorado contratado.
- Artículo 46. Profesorado contratado doctor. 4 redacciones · cambió el 02/03/2007
- Artículo 47. Requisitos. 5 redacciones · cambió el 30/03/2017
- Artículo 48. El profesorado colaborador.
- Artículo 49. El profesorado lector.
- Artículo 50. El profesorado asociado.
- Artículo 51. El profesorado visitante.
- Artículo 52. El profesorado emérito.
- Artículo 53. Actividad académica honoraria.
- Artículo 54. Capacidad docente e investigadora.
- Artículo 55. Adscripción funcional.
- Artículo 56. Licencias y excedencias para el fomento de la investigación y la colaboración interuniversitaria.
- Artículo 57. Excedencia especial.
- Artículo 58. El profesorado contratado de las universidades privadas.
- Sección 2
- Artículo 59. Composición.
- Artículo 60. Actividad de investigación.
- Artículo 61. Investigadores propios.
- Artículo 62. Investigadores con vinculación a la universidad.
- Artículo 63. Contratos por obra o servicio.
- Sección 3
- Artículo 64. Obligaciones docentes y de investigación.
- Artículo 65. Régimen de dedicación.
- Artículo 66. Condiciones de trabajo y movilidad.
- Artículo 67. Propiedad intelectual e industrial.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 68. Tipología.
- Artículo 69. Los becarios de investigación.
- Artículo 70. Los ayudantes.
- CAPÍTULO V
- Artículo 71. Régimen retributivo del personal docente e investigador contratado.
- Artículo 72. Retribuciones adicionales.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 73. Funciones.
- Artículo 74. Régimen jurídico.
- Artículo 75. Retribuciones.
- Artículo 76. Formación y movilidad.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 77. Órganos de gobierno.
- Artículo 78. Proceso electoral.
- CAPÍTULO II
- Artículo 79. El rector o rectora.
- Artículo 80. El gerente o la gerente.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 81. Definición y composición.
- Artículo 82. Miembros representativos de la sociedad catalana.
- Artículo 83. Miembros representantes del consejo de gobierno de la universidad.
- Artículo 84. Nombramiento del presidente o presidenta.
- Artículo 85. Renovación y vacantes.
- Artículo 86. Incompatibilidades. 4 redacciones · cambió el 02/03/2007
- Artículo 87. Foro de participación.
- Sección 2
- Artículo 88. Funciones de programación y gestión.
- Artículo 89. Funciones económicas, presupuestarias y patrimoniales.
- Artículo 90. Funciones respecto a la comunidad universitaria.
- Artículo 91. Otras funciones.
- Sección 3
- Artículo 92. La presidencia.
- Artículo 93. La secretaría.
- Artículo 94. Funcionamiento.
- Artículo 95. Asistencia de terceros.
- Artículo 96. Reglamento.
- Artículo 97. Auditoría.
- Artículo 98. Presupuesto.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 99. Definición.
- Artículo 100. Composición y funciones.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 101. Creación y reconocimiento de universidades.
- Artículo 102. Régimen jurídico.
- Artículo 103. Estatutos y normas de organización y funcionamiento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 104. Creación, reconocimiento e implantación.
- Artículo 105. Adscripción.
- Artículo 106. Integración.
- Artículo 107. Informe de los planes de estudios.
- Artículo 108. Inicio de actividades.
- Artículo 109. Variaciones en las condiciones de la autorización.
- Artículo 110. Revocación.
- Artículo 111. Los campus universitarios e interuniversitarios.
- Artículo 112. Otras estructuras.
- Artículo 113. Centros docentes que expiden títulos extranjeros.
- Artículo 114. Funciones inspectoras y comprobación de los requisitos.
- TÍTULO V
- Artículo 115. Tipología.
- Artículo 116. La Programación universitaria de Cataluña.
- Artículo 117. La financiación universitaria. 2 redacciones · cambió el 16/05/2022
- Artículo 118. Estructura de la financiación universitaria.
- Artículo 119. Los contratos-programa.
- Artículo 120. El plan de inversiones universitarias.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 121. Definición.
- Artículo 122. Estructura.
- Artículo 123. Funcionamiento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 124. El presidente o presidenta.
- Artículo 125. El vicepresidente o vicepresidenta.
- Artículo 126. El secretario o secretaria general.
- CAPÍTULO III
- Artículo 127. La Conferencia General.
- Artículo 128. Funciones de la Conferencia.
- Artículo 129. La Junta. 2 redacciones · cambió el 23/03/2012
- Artículo 130. Asistencia.
- Artículo 131. Funciones de la Junta. 2 redacciones · cambió el 23/03/2012
- Artículo 132. Delegación y validación.
- Artículo 133. Audiencia.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 134. Encargo de gestión.
- Artículo 135. Asistencia de expertos.
- Artículo 136. Colaboración.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 137. La calidad.
- CAPÍTULO II
- Artículos 138 a 148
- Artículo 138. Finalidades.
- Artículo 139. Naturaleza.
- Artículo 140. Objetivo y funciones.
- Artículo 141. Órganos de gobierno.
- Artículo 142. El Consejo de Dirección.
- Artículo 143. El director o directora.
- Artículo 144. Comisión de evaluación de la calidad.
- Artículo 145. Comisión de profesorado lector y profesorado colaborador.
- Artículo 146. Comisión de evaluación de la investigación.
- Artículo 147. Funcionamiento.
- Artículo 148. Independencia técnica y consideración de otras evaluaciones. 4 redacciones · cambió el 02/03/2007
- CAPÍTULO III
- Artículos 149 a 154
- Artículo 149. Régimen jurídico.
- Artículo 150. Estatutos.
- Artículo 151. Recursos humanos.
- Artículo 152. Patrimonio.
- Artículo 153. Recursos económicos.
- Artículo 154. Disolución y modificación.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 155. Régimen jurídico.
- Artículo 156. Bienes de dominio público. 2 redacciones · cambió el 23/03/2012
- Artículo 157. Bienes patrimoniales. 2 redacciones · cambió el 23/03/2012
- Artículo 158. Gestión y conservación del patrimonio.
- Artículo 159. Expropiación.
- Artículo 160. Contratación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 161. Régimen jurídico.
- Artículo 162. Desarrollo y ejecución.
- Artículo 163. Autorización de costos de personal.
- Artículo 164. Supervisión económica.
- Artículo 165. Plan de contabilidad.
- Disposición adicional primera. Competencia material.
- Disposición adicional segunda. Relaciones laborales.
- Disposición adicional tercera. Denominaciones y publicidad.
- Disposición adicional cuarta. Oficina sobre el espacio europeo de enseñanza superior. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Disposición adicional quinta. Silencio administrativo. 2 redacciones · cambió el 31/12/2009
- Disposición adicional sexta. Universidad Abierta de Cataluña.
- Disposición adicional séptima. Relación entre universidades e instituciones sanitarias.
- Disposición adicional octava. Perspectiva de género.
- Disposición adicional novena. Fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación empresariales.
- Disposición adicional décima. De la Institución Catalana de Investigación y Estudios Avanzados (ICREA).
- Disposición adicional undécima. Conciliación de la vida laboral y familiar.
- Disposición adicional duodécima. Paternidad o maternidad del profesorado lector.
- Disposición adicional decimotercera. Desarrollo del espacio europeo de educación superior.
- Disposición adicional decimocuarta. Puesta a disposición de bienes de la Administración de la Generalidad.
- Disposición adicional decimoquinta. Centros adscritos de titularidad pública.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de los consejos sociales.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación del Consejo Interuniversitario de Cataluña.
- Disposición transitoria tercera. Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña.
- Disposición transitoria cuarta. Becas y créditos.
- Disposición transitoria quinta. Adaptación de los estatutos y las normas de organización y funcionamiento.
- Disposición transitoria sexta. Adaptación curricular sobre el espacio europeo de enseñanza superior.
- Disposición transitoria séptima. De la desvinculación académica.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo y ejecución.
- Disposición final segunda. Aportaciones a las universidades públicas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


