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Legislación › Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña.

Artículo 7. Misión del estudio.

Artículo 7. Misión del estudio.

Los estudios programados en las universidades tienen como finalidad la formación cívica, cultural, científica, humanística, técnica y profesional de los estudiantes, y deben contribuir al desarrollo de la personalidad de cada individuo y a la formación de universitarios creativos y comprometidos con sus profesiones, con el progreso científico y con el futuro de la sociedad catalana.

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