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Legislación › Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña.

Artículo 3. Objetivos del Sistema Universitario de Cataluña.

Artículo 3. Objetivos del Sistema Universitario de Cataluña.

1. Las universidades del sistema universitario de Cataluña tienen como objetivos fundamentales:

a) La creación, transmisión y difusión de la cultura y de los conocimientos científicos, humanísticos, técnicos y profesionales, así como la preparación para el ejercicio profesional.

b) El fomento del pensamiento crítico y de la cultura de la libertad, la solidaridad, la igualdad y el pluralismo, y la transmisión de los valores cívicos y sociales propios de una sociedad democrática.

c) El enriquecimiento del patrimonio intelectual, cultural y científico de Cataluña, con el objetivo del progreso general, social y económico y su desarrollo sostenible.

d) La incorporación de la lengua catalana a todos los ámbitos del conocimiento y la contribución al proceso de normalización del uso científico, cultural y social del catalán.

2. Los objetivos de las universidades se alcanzan principalmente por medio del estudio, la docencia y la investigación.

3. Los poderes públicos deben colaborar con las universidades para la consecución de sus objetivos.

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