Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 310. Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 2002 y la del 1 de enero de 2003.
Tachado: lo que se quitó (112 palabras). Subrayado: lo que se añadió (105 palabras).
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Artículo 310. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de actividades tasa:
a) La inscripción, anotación y prestación cancelación, en el Registro Territorial de servicios realizados por la Administración Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid tendentes Madrid, de los derechos relativos a obras, actuaciones o producciones protegidas por la autorización Ley de obras en las que deban realizarse excavaciones o prospecciones arqueológicas y paleontológicas, en todas Propiedad Intelectual y cada una de por las fases de actuación en que se desglose, restantes disposiciones legales y en actuaciones etnográficas. tratados internacionales ratificados por España relativos a la protección de la
2. A efectosexacción del tributo, las actividades propiedad intelectual.
b) La inscripción, anotación y servicios que se incluyen dentro del hecho imponible cancelación, en cada una de las fases el citado Registro, de actuación (prospección y/o sondeos, excavación los actos y control contratos de movimientos constitución, transmisión, modificación o extinción de tierra), son derechos reales y de cualesquiera otros hechos, actos y títulos, tanto voluntarios como necesarios, que afecten a los siguientes: indicados derechos inscribibles.
Informe previo c) Los actos de afección y, en su caso, incorporación publicidad registral: búsqueda de cartografía asientos, expedición de elaboración propia. certificados y
Consulta a la carta Arqueológicapropuesta correspondiente. notas simples.
Perfil del técnico especialista que va a realizar la actuación.
Valoración d) La calificación de proyectos. documentos, autenticación de
Realizacióninspecciones, en su caso. firmas y compulsa de
Informeactuación documentos necesarios para proceder a las inscripciones, anotaciones y propuesta. cancelaciones.
Tramitación administrativa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2003 En vigor | BOE-A-2003-4507 | Leer | Qué cambió |
| 30 de octubre de 2002 | Texto original | Leer |


