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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 526. Sujetos pasivos.

Artículo 526. Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas titulares de una tarjeta en vigor, acreditativa del grado de discapacidad, que, en una fase posterior a la emisión inicial de la misma, no dispongan de ella por causa no imputable a la Administración y soliciten a ésta su emisión.

Se añade por el art. 2.8 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre. BOE-A-2013-2685.

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