Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 85. Tarifa.
Artículo 85. Tarifa.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 10.01 Por inspección técnica de vehículos. Por cada inspección técnica de vehículo: 1,00 euro.
Tarifa 10.02 Por catalogación de vehículo histórico: 125,00 euros.
Se modifica por el art. 23.6 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. BOE-A-2012-12816.
Se modifica por el art. 6.8.1 y 2 de la Ley 7/2007, de 21 de diciembre. BOE-A-2008-4062.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de julio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-12816 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | BOE-A-2008-4062 | Leer | Qué cambió |
| 30 de octubre de 2002 | Texto original | Leer |


