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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 85. Tarifa.

Artículo 85. Tarifa.

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Tarifa 10.01 Por inspección técnica de vehículos. Por cada inspección técnica de vehículo: 1,00 euro.

Tarifa 10.02 Por catalogación de vehículo histórico: 125,00 euros.

Se modifica por el art. 23.6 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. BOE-A-2012-12816.

Se modifica por el art. 6.8.1 y 2 de la Ley 7/2007, de 21 de diciembre. BOE-A-2008-4062.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-12816 Leer Qué cambió
1 de enero de 2008 BOE-A-2008-4062 Leer Qué cambió
30 de octubre de 2002 Texto original Leer

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