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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

CAPÍTULO LXXXIII

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de julio de 2012 y la del 1 de enero de 2016. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

CAPÍTULO LXXXIII
83. Tasa por emisión sucesiva de tarjeta sanitaria individual (TSI) por causa no imputable a la Administración, en los casos de robo, rotura o extravío.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-4510 Leer Qué cambió
10 de julio de 2012 BOE-A-2012-12816 Leer

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