Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
CAPÍTULO XCIV
CAPÍTULO XCIV
94. Tasa por comunicación previa de actuaciones posteriores al inicio de actividad de un servicio de acción social.
Se añade por el art. 23.23 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. BOE-A-2012-12816.


