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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

CAPÍTULO XCVII

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de julio de 2012 y la del 1 de enero de 2015. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

CAPÍTULO XCVII
97. Tasa por expedición del título de familia numerosa y las tarjetas individuales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1956 Leer Qué cambió
10 de julio de 2012 BOE-A-2012-12816 Leer

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