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Legislación › Real Decreto 288/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ayudas y resarcimientos a las víctimas de delitos de terrorismo.

Disposición final tercera. Habilitación al Ministro del Interior.

Disposición final tercera. Habilitación al Ministro del Interior.

Se habilita al Ministro del Interior para modificar la cuantía de las ayudas y resarcimientos previstas para las víctimas de delitos de terrorismo en el reglamento que se aprueba por este real decreto, cuando aquélla sea objeto de reforma en sede legal.

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