Legislación › Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de turismo.
Artículo 62. Principios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de febrero de 2003 y la del 23 de diciembre de 2020.
Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Artículo 62. Principios.
El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de turismo estará sometido a los principios contenidos en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico normativa administrativa de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. aplicación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de diciembre de 2020 En vigor | BOE-A-2021-528 | Leer | Qué cambió |
| 22 de febrero de 2003 | Texto original | Leer |


