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Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León.

Artículo 44. Competencia sancionadora.

Artículo 44. Competencia sancionadora.

La competencia para la imposición de las sanciones a que se refiere la presente Ley corresponderá al titular de la Consejería competente en la materia.

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