Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León.
Artículo 44. Competencia sancionadora.
Artículo 44. Competencia sancionadora.
La competencia para la imposición de las sanciones a que se refiere la presente Ley corresponderá al titular de la Consejería competente en la materia.


