Legislación › Orden ECO/755/2003, de 20 de marzo, por la que se regula la presentación por vía telemática de las declaraciones posteriores a través de intermediarios financieros relativas a operaciones de inversión en valores negociables.
Tercero. Condiciones de presentación.
Tercero. Condiciones de presentación.
La presentación telemática de las declaraciones a las que se refiere el apartado primero de la presente Orden, será admitida en la medida en que se ajuste a lo dispuesto en el apartado cuarto de la Orden del Ministerio de Economía de 26 de diciembre de 2001.


