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Legislación › Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana.

Disposición adicional tercera. Explotaciones apícolas.

Disposición adicional tercera. Explotaciones apícolas.

Las explotaciones apícolas, en razón de su carácter trashumante y de la temporalidad de sus asentamientos, se regirán por sus disposiciones reglamentarias especiales en lo relativo a su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas, al contenido y gestión de Libro de la Explotación y a las condiciones de traslado de los animales.

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