Legislación › Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana.
Disposición adicional cuarta. Colaboración de entidades sin ánimo de lucro.
Disposición adicional cuarta. Colaboración de entidades sin ánimo de lucro.
1. La administración de la Generalitat podrá realizar las aportaciones y cesiones a que se refiere el apartado 4 del artículo 10 de esta ley a favor asimismo de entidades privadas sin ánimo de lucro, de agrupaciones de defensa sanitaria y de cooperativas agrarias, para la realización de las actividades de colaboración con los ganaderos concretamente mencionadas en el apartado 3 del mismo precepto.
2. Las aportaciones y cesiones se sujetarán a las condiciones que en todo caso garanticen la satisfacción del interés general pecuario pretendido por la actuación administrativa.
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