Legislación › Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales.
Artículo 60. Prescripción.
Artículo 60. Prescripción.
La prescripción de las infracciones y sanciones en materia de servicios sociales de producirá en los plazos y términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.


