LexTotal

Legislación › Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

Unica. Aplicación del régimen singular de cotización.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Unica. Aplicación del régimen singular de cotización.

A efectos de la aplicación del régimen singular de cotización previsto en la disposición adicional primera, la Mutualidad General dictará las correspondientes normas en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de este reglamento.

← Disposición adicional novena Índice Disposición adicional décima →