Legislación › Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja.
Artículo 28. Competencia.
Artículo 28. Competencia.
Corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería competente, el mantenimiento de las rutas y vías verdes, sin perjuicio de lo que se establezca en el régimen de uso de las infraestructuras de la Red de Itinerarios Verdes de La Rioja, especialmente la colaboración de los ayuntamientos en los tramos urbanos.


