LexTotal

Legislación › Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.

Artículo 109. Participación de las organizaciones representativas.

Artículo 109. Participación de las organizaciones representativas.

La Generalitat Valenciana instrumentará la participación de las organizaciones representativas del cooperativismo en las instituciones y órganos públicos bajo su dependencia, así como en las decisiones que adopte el Consell de la Generalitat y cada una de las consellerías en las materias de la respectiva competencia.

← Artículo 108 Índice Artículo 109 bis →