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Legislación › Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.

Artículo 109 bis. Del plan de apoyo y fomento del cooperativismo.

Artículo 109 bis. Del plan de apoyo y fomento del cooperativismo.

1. El Consejo Valenciano del Cooperativismo redactará y aprobará un plan de apoyo y fomento del cooperativismo como instrumento de planificación bienal de las políticas y acciones de la Generalitat y el resto de actores relacionados con el cooperativismo.

2. Este plan contará, necesariamente, con medidas de difusión, apoyo a su creación, consolidación, financiación, formación y sensibilización.

3. El plan incluirá necesariamente una memoria económica para concretar los compromisos presupuestarios de la Generalitat en estas políticas.

4. El consejo deberá presentar con carácter semestral un informe de seguimiento y ejecución de las medidas recogidas en el plan.

Se añade por el anexo.38 de la Ley 4/2014, de 11 de julio. BOE-A-2014-8280

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