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Legislación › Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.

Artículo 115. Declaración de utilidad pública.

Artículo 115. Declaración de utilidad pública.

Las cooperativas y sus entidades representativas podrán solicitar a la administración competente su reconocimiento como entidades de utilidad pública.

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