Legislación › Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.
Artículo 115. Declaración de utilidad pública.
Artículo 115. Declaración de utilidad pública.
Las cooperativas y sus entidades representativas podrán solicitar a la administración competente su reconocimiento como entidades de utilidad pública.


