LexTotal

Legislación › Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Artículo 216. Desarrollo de instrumentos de gestión y ejecución.

Artículo 216. Desarrollo de instrumentos de gestión y ejecución.

1. Se sancionará con multa de 600 euros a 60.000 euros el incumplimiento de las obligaciones y deberes para la ejecución del planeamiento derivados de los instrumentos de gestión y de ejecución correspondientes.

2. La cuantía de la multa se determinará en atención al valor de las obligaciones incumplidas.

← Artículo 215 Índice Artículo 217 →