Legislación › Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.
Artículo 2. La coordinación universitaria.
Artículo 2. La coordinación universitaria.
La coordinación de las Universidades de Castilla y León corresponde a la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería competente en materia de Universidades, y se ejercerá en el marco de la presente Ley, sin perjuicio de las competencias reservadas al Estado y a las propias Universidades de acuerdo con la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y con pleno respeto a la autonomía universitaria.


