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Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.
En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 23 de abril de 2003 · Último cambio el 6 de julio de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y principios de la Ley.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 2. La coordinación universitaria.
- Artículo 3. Objetivos y fines.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Naturaleza.
- Artículo 5. Adscripción.
- Artículo 6. Estructura y composición.
- Artículo 7. Funciones.
- Artículo 8. Funcionamiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Naturaleza y criterios de elaboración.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Criterios Generales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Normas generales.
- Artículo 12. Comienzo de actividades e inspección.
- Artículo 13. Estatutos de las Universidades públicas.
- Artículo 14. Universidades privadas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Normas generales. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- CAPÍTULO IV
- Artículo 16. Normas generales. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 17. Comienzo de actividades e inspección.
- CAPÍTULO V
- Artículo 18. Normas generales.
- Artículo 19. Requisitos.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 20. Centros en el extranjero.
- Artículo 21. Centros que impartan enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- CAPÍTULO VII
- Artículo 22. Registro de Universidades, centros y títulos. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- TÍTULO III
- Artículo 23. Naturaleza. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 24. Competencias. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 25. Composición.
- Artículo 26. Duración del mandato y cese. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 27. Publicación del nombramiento y cese.
- Artículo 28. Incompatibilidades.
- Artículo 29. Organización y funcionamiento.
- Artículo 30. Recursos humanos y materiales.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 31. Garantía de la calidad. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 32. Creación de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 33. Régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 34. Reglamento de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 35. Objeto y fines. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- TÍTULO V
- Artículo 36. Funciones. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 37. Cooperación. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- CAPÍTULO II
- Artículo 38. Órganos. 3 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 39. Órganos de gobierno. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Artículo 40. El Consejo de Dirección.
- Artículo 41. El Director.
- Artículo 42. Comisiones de evaluación.
- Artículo 43. Consejo Asesor.
- CAPÍTULO III
- Artículo 44. Recursos económicos y patrimonio.
- Artículo 45. Personal.
- TÍTULO V
- Artículo 46. Transferencias a las Universidades.
- Artículo 47. Modelo de financiación.
- Artículo 48. Tipos de financiación y cuentas anuales.
- Artículo 49. Programa de inversiones.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 50. Competencia.
- Artículo 51. Ejercicio de funciones de la inspección en materia universitaria.
- Artículo 52. Funciones de la inspección en materia universitaria.
- Artículo 53. Atribuciones de los inspectores universitarios.
- Artículo 54. Informes y actas de inspección.
- CAPÍTULO II
- Artículo 55. Potestad sancionadora.
- Artículo 56. Órganos competentes.
- Artículo 57. Infracciones.
- Artículo 58. Sanciones.
- Artículo 59. Graduación de sanciones.
- Artículo 60. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 61. Plazo de caducidad del procedimiento sancionador.
- Artículo 62. Medidas provisionales.
- Disposición adicional primera. Integración de centros. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Disposición adicional segunda. Centros de educación superior.
- Disposición adicional tercera. Plazo máximo para resolver y efectos del silencio.
- Disposición adicional cuarta. Universidades de la Iglesia Católica.
- Disposición adicional quinta. Consejos Sociales.
- Disposición adicional sexta. Espacio europeo de enseñanza superior.
- Disposición adicional séptima. Licencias para investigación. 2 redacciones · cambió el 10/11/2010
- Disposición adicional octava. La Junta de Castilla y León y la UNED.
- Disposición adicional novena. Promoción internacional.
- Disposición adicional décima. La Universidad y la cultura.
- Disposición adicional undécima. Actividades de Enseñanza Virtual.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


