Legislación › Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.
Artículo 38. Órganos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de mayo de 2006 y la del 11 de noviembre de 2010.
Tachado: lo que se quitó (123 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 38. Tipos de financiación y cuentas anuales. Órganos.
1. El modelo constará de tres tipos de financiación: una básica, que constituirá la principal fuente de recursos de la Universidad y se determinará conforme a parámetros objetivos La Agencia para atender al capítulo de gastos de personal de la estructura económica de su presupuesto, una competitiva, que incluirá programas de mejora de calidad y eficiencia y convocatorias de investigación, y una singular, de acuerdo con características peculiares y específicas de la Universidad, todo ello sin perjuicio de la legislación financiera y presupuestaria que les sea aplicable. Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León
2. La Juntapodrá firmar con las Universidades públicas contratos- programa de duración plurianual, los cuales incorporarán se estructura en los Planes de Mejora siguientes órganos:
a) Órganos de Calidad que serán revisados año a año en función del logro gobierno.
b) Comisiones de los objetivos propuestos. evaluación.
c) Consejo Asesor.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de noviembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-17982 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2006 | BOE-A-2006-10085 | Leer | Qué cambió |
| 5 de abril de 2003 | Texto original | Leer |


