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Legislación › Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.

Artículo 38. Órganos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de mayo de 2006 y la del 11 de noviembre de 2010. Tachado: lo que se quitó (123 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 38. Tipos de financiación y cuentas anuales. Órganos.
1. El modelo constará de tres tipos de financiación: una básica, que constituirá la principal fuente de recursos de la Universidad y se determinará conforme a parámetros objetivos La Agencia para atender al capítulo de gastos de personal de la estructura económica de su presupuesto, una competitiva, que incluirá programas de mejora de calidad y eficiencia y convocatorias de investigación, y una singular, de acuerdo con características peculiares y específicas de la Universidad, todo ello sin perjuicio de la legislación financiera y presupuestaria que les sea aplicable.
2. La Junta
Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León podrá firmar con las Universidades públicas contratos- programa de duración plurianual, los cuales incorporarán se estructura en los Planes de Mejora siguientes órganos:
a) Órganos
de Calidad que serán revisados año a año en función del logro gobierno.
b) Comisiones
de los objetivos propuestos. evaluación.
c) Consejo Asesor.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de noviembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-17982 Leer Qué cambió
29 de mayo de 2006 BOE-A-2006-10085 Leer Qué cambió
5 de abril de 2003 Texto original Leer

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