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Legislación › Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Artículo 15. De los directores generales.

Artículo 15. De los directores generales.

1. Los directores generales son los órganos directivos encargados de la gestión de una o de diversas áreas funcionalmente homogéneas de cada consejería.

2. Los directores generales serán nombrados y separados por decreto del Gobierno de las Illes Balears, a propuesta del titular de la consejería.

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