Legislación › Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición adicional octava.
Disposición adicional octava.
Se determinará reglamentariamente el sistema de gestión documental de los archivos de la Administración de la comunidad autónoma, entendiéndose por tal las actuaciones de planificación, control, uso, conservación, eliminación y transferencia de documentos, al objeto de racionalizar y unificar su tratamiento y conseguir una gestión eficaz y rentable.
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