Legislación › Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.e) de la Ley 7/2010, de 21 de julio. BOE-A-2010-13242.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2010 En vigor | BOE-A-2010-13242 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2003 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional octava Índice Disposición derogatoria única →


