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Legislación › Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

Artículo 100. Sujetos pasivos.

Artículo 100. Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa, en calidad de contribuyentes, las personas, físicas o jurídicas, para las que se realicen los servicios y actividades descritas en el artículo anterior.

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