Legislación › Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
Artículo 100. Sujetos pasivos.
Artículo 100. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa, en calidad de contribuyentes, las personas, físicas o jurídicas, para las que se realicen los servicios y actividades descritas en el artículo anterior.


