Legislación › Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
Disposición adicional cuarta. Plan nacional de retirada de residuos especiales.
Disposición adicional cuarta. Plan nacional de retirada de residuos especiales.
El Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria elaborará y establecerá un plan nacional de retirada de residuos de especial tratamiento para situaciones excepcionales que asegure en todas las comunidades autónomas su realización. Dicho plan contendrá el ámbito y alcance de los residuos afectados.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →


