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Legislación › Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.

Artículo 71. Informes de los órganos de prevención ambiental.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2012 y la del 16 de noviembre de 2014. Tachado: lo que se quitó (34 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 71. Informes de los órganos de prevención ambiental.
Los informes de los órganos de prevención ambiental regulados en los artículos anteriores serán vinculantes para la autoridad municipal cuando supongan la denegación de la licencia ambiental, o la imposición de medidas correctoras adicionales. (Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-11172 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2012 BOE-A-2012-4385 Leer Qué cambió
14 de junio de 2003 Texto original Leer

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