Legislación › Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.
Artículo 71. Informes de los órganos de prevención ambiental.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2012 y la del 16 de noviembre de 2014.
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Artículo 71. Informes de los órganos de prevención ambiental.
Los informes de los órganos de prevención ambiental regulados en los artículos anteriores serán vinculantes para la autoridad municipal cuando supongan la denegación de la licencia ambiental, o la imposición de medidas correctoras adicionales. (Sin contenido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11172 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-4385 | Leer | Qué cambió |
| 14 de junio de 2003 | Texto original | Leer |


