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Legislación › Real Decreto 1380/2002, de 20 de diciembre, de identificación de los productos de la pesca, de la acuicultura y del marisqueo congelados y ultracongelados.

Disposición final primera. Habilitación.

Disposición final primera. Habilitación.

Por Orden del Ministro de la Presidencia, a propuesta conjunta de los Ministros de Sanidad y Consumo y de Agricultura, Pesca y Alimentación, se constituirá un órgano colegiado competente para la propuesta y elaboración de las denominaciones comerciales de especies pesqueras, en el que podrán participar las Comunidades Autónomas.

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