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Legislación › Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Artículo 156. Sistemas de actuación.

Artículo 156. Sistemas de actuación.

1. Las unidades de ejecución se desarrollarán por el sistema de actuación, privada o pública, que la Administración elija en cada caso.

2. Los sistemas de actuación privada son los siguientes:

a) Compensación.

b) Reparcelación voluntaria.

c) Agente Urbanizador.

3. Los sistemas de actuación pública son los siguientes:

a) Cooperación.

b) Ejecución forzosa.

c) Expropiación.

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