Legislación › Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 30. Evaluación de los instrumentos de ordenación territorial.
Artículo 30. Evaluación de los instrumentos de ordenación territorial.
Los instrumentos de ordenación territorial serán sometidos a los procedimientos de evaluación ambiental y territorial a los que estén obligados por la normativa que a tal efecto sea aplicable.


