Legislación › Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 33. Procedimiento de elaboración y aprobación de la Estrategia Territorial de Navarra.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 2003 y la del 16 de junio de 2015.
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Artículo 33. Procedimiento de elaboración y aprobación de la Estrategia Territorial de Navarra.
1. La Estrategia Territorial de Navarra será elaborada por el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, en colaboración con los demás Departamentos del Gobierno de Navarra, y tras un proceso de participación social sobre el modelo de desarrollo territorial elegido por la Estrategia.
2. El proyecto de Estrategia Territorial de Navarra se someterá a información pública y a audiencia de las entidades locales de la Comunidad Foral, así como de las mancomunidades y asociaciones o federaciones de municipios y concejos en que estén representadas, por plazo de al menos dos meses.
3. La Comisión de Ordenación del Territorio y el Consejo Social de Política Territorial informarán, previamente a su aprobación, el proyecto de Estrategia Territorial de Navarra.
4. El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda propondrá al Gobierno de Navarra la remisión al Parlamento de Navarra del proyecto de Estrategia Territorial de Navarra.
5. La Estrategia Territorial de Navarra se aprobará por el Parlamento de Navarra.
6. Aprobada la Estrategia Territorial de Navarra, el Gobierno Consejo Social de Política Territorial realizará un seguimiento anual de la Estrategia Territorial de Navarra remitirá al empleando los indicadores del Observatorio Territorial de Navarra.
7. Cada cuatro años el Consejo Social de Política Territorial remitirá al Gobierno de Navarra y al Parlamento, cada dos años, Parlamento de Navarra una memoria sobre su la aplicación y sobre de la Estrategia Territorial de Navarra, el grado de cumplimiento de sus previsiones. previsiones, la
7. Transcurridos cuatro años desdeaprobación vigencia de sus propuestas y la necesidad de revisar el instrumento.
8. Se considera actualización de la Estrategia Territorial de Navarra, el Departamento Navarra la adaptación de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda elaborará informe sobre sus estrategias a la situación actual y/o la incorporación de contenidos que contribuyan a interpretar, concretar e implementar adecuadamente su vigencia y propondrá, en caso modelo de considerarlo necesario, desarrollo territorial de futuro.
9. Corresponde al Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejo Social de Política Territorial, la actualización de la Estrategia Territorial de Navarra.
10. La revisión de la Estrategia Territorial de Navarra se ajustará a las mismas disposiciones enunciadas para su revisión. elaboración y aprobación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de junio de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3329 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 2003 | Texto original | Leer |


