Legislación › Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 56. Plan General Municipal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 2003 y la del 15 de junio de 2009.
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Artículo 56. Plan General Municipal de municipios de más de tres mil habitantes. Municipal.
1. El Plan General Municipal de municipios de más de tres mil habitantes estará compuesto por:
a) La Estrategia y Modelo de Ocupación del Territorio. Territorial.
b) El Plan Urbanístico Municipal.
2. La Estrategia y Modelo Municipal de Ocupación del territorio, que tendrá carácter previo a la formulación del Plan Urbanístico Municipal, consistirá en la definición de la estrategia de desarrollo del municipio, sus prioridades, modelo de crecimiento, aprovechamiento de sus recursos y superación de sus debilidades, a los efectos de garantizar la adecuación del modelo municipal de ocupación del territorio al modelo de ordenación del territorio de su ámbito definido por los instrumentos de ordenación del territorio vigentes, así como con las políticas territoriales y ambientales de la Comunidad Foral.
3. El Plan Urbanístico Municipal es el documento urbanístico que define los aspectos propios de la ordenación y régimen del suelo del municipio.
4. La documentación de la Estrategia, que se fijará reglamentariamente, contendrá:
a) Análisis y diagnóstico territorial.
b) Evaluación del planeamiento vigente y grado de cumplimiento.
c) Estrategias y criterios de ordenación territorial alternativos, con indicación de sus ventajas e inconvenientes.
d) Modelo municipal de ocupación del territorio que deberá justificar su adecuación a los instrumentos de ordenación del territorio vigentes.
e) Esquema de la ordenación estructurante así como la clasificación y calificación del suelo, y justificación de la evolución urbana previsible con cuantificación del modelo propuesto.
5. Las determinaciones de los Planes Urbanísticos Municipales se desarrollarán en los siguientes documentos, cuyo contenido se fijará reglamentariamente:
a) Memoria, que incluirá, como mínimo, el análisis y las conclusiones de la información urbanística, los objetivos concretos del Plan General Municipal, la justificación del modelo urbano propuesto y de las determinaciones estructurantes, el estudio de las necesidades y la justificación de las propuestas en relación con la vivienda, el espacio para actividades económicas, las actuaciones y equipamientos, el transporte y las vías urbanas, las propuestas sobre accesibilidad para personas con minusvalías, así como las valoraciones de impacto ambiental y territorial.
b) Incidencia sobre el territorio, afecciones ambientales y medios de corrección o minimización de las mismas, y siempre que sea legalmente necesario, Estudio de Impacto Ambiental.
c) Planos de información y de ordenación del territorio y del núcleo urbano con definición expresa de los elementos estructurantes.
d) Normativa del Plan General Municipal, con clara distinción entre las determinaciones de carácter estructurante y de carácter pormenorizado.
e) Programa de desarrollo y ejecución del Plan General Municipal.
f) Estudio económico y financiero, en el que se concrete la viabilidad económica de las propuestas que se realicen.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de junio de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3329 | Leer | Qué cambió |
| 15 de junio de 2009 | BOE-A-2009-10581 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 2003 | Texto original | Leer |


