Legislación › Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Disposición adicional cuarta. Evaluación Ambiental en Navarra.
Disposición adicional cuarta. Evaluación Ambiental en Navarra.
El Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley Foral, un Proyecto de Ley Foral de Evaluación Ambiental en Navarra que transponga a la Comunidad Foral la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
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