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Legislación › Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Disposición adicional octava. Superficie destinada a equipamientos por el planeamiento.

Disposición adicional octava. Superficie destinada a equipamientos por el planeamiento.

Las Entidades Locales podrán destinar justificadamente hasta un 5 por 100 de la superficie destinada a dotaciones locales por el planeamiento, a la construcción de vivienda protegida en régimen de alquiler a través de la cesión del derecho de superficie prevista en los artículo 236 y concordantes de la presente Ley Foral, o a través de cualquier otra forma admitida en Derecho, siempre y cuando se asegure el mantenimiento de la citada superficie dentro del patrimonio de la Entidad Local.

Se añade por el art. 1.12 de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio. BOE-A-2009-10581.

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